Objeción de Conciencia
Autor: Publiko 23 marzo, 2018
Con 53 votos a favor, 15 en contra y una abstención, se aprobó agregar un artículo a la Ley General de Salud que contempla la objeción de conciencia. Esto permite al personal médico y de enfermería negarse a brindar cualquier servicio que vaya en contra de sus valores éticos y morales.
Médicos del sector público podrían negarse a recetar anticonceptivos orales o una transfusión de sangre si su religión se los prohibiera.
Poder objetar a una acción que nos parece moralmente contraria a nuestros principios es un derecho muy importante, pero también es importante el derecho a tener un Sistema de Salud funcional y que piense en lo mejor para el paciente.
El problema real es que el artículo tiene omisiones graves: no señala que los objetores de conciencia tengan la obligación de referir al paciente a un médico que no objete. Y si en una población todos objetan ¿qué se hace? Tampoco aclara si los internos de pregrado o quienes estudian enfermería cuentan como “personal médico y de enfermería”
¿Qué opinas? ¿Esta ley es para fomentar la lucha individual contra lo que nos parece injusto o una traba más a la salud reproductiva de las mujeres?